
La tarifa plana para autónomos es una medida que permite a los nuevos trabajadores por cuenta propia disfrutar de una cuota mensual reducida de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad. Este beneficio puede extenderse hasta 24 meses si los rendimientos netos del primer año no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Con el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, se estableció un nuevo sistema de cotización para autónomos, introduciendo esta tarifa plana con una cuota fija de 80 euros al mes. Esta tarifa se aplica durante el primer año y puede ampliarse a un segundo año bajo ciertas condiciones.
Durante el periodo 2023-2025, los nuevos autónomos que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden solicitar esta tarifa reducida al tramitar su alta inicial.
Los requisitos para acceder a esta medida son:
Tras los primeros 12 meses, los autónomos cuyos rendimientos netos anuales no superen el SMI pueden solicitar la extensión de la tarifa plana por otro año. En 2024, el SMI está fijado en 1.323 euros mensuales (en 12 pagas) o 1.134 euros (en 14 pagas), y esta cifra será la referencia para aquellos que iniciaron su actividad en 2023 y desean ampliar el beneficio.
Existen colectivos que pueden beneficiarse de esta tarifa reducida por más tiempo, como:
Estos grupos pueden disfrutar de la tarifa reducida durante 24 meses, con la posibilidad de extenderla hasta 36 meses adicionales si sus ingresos se mantienen por debajo del SMI.
Es importante señalar que esta reducción no se aplica a familiares directos de autónomos que se incorporen al régimen de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta propia. Además, los autónomos pueden renunciar a la tarifa plana en cualquier momento, con efecto a partir del mes siguiente.
Para aquellos autónomos que ya estaban acogidos a la tarifa plana antes de diciembre de 2022, se respetarán las condiciones vigentes hasta que finalice el periodo establecido.
Además de la tarifa plana, existen otras bonificaciones específicas para autónomos en situaciones particulares, tales como:
La continuidad de la tarifa plana depende de que los ingresos del autónomo se mantengan por debajo del SMI vigente. Actualmente, el gobierno y los agentes sociales están negociando una posible subida del SMI para 2025, con el objetivo de vincularlo al 60% del salario medio. Esto podría afectar el límite de acceso a la tarifa para los autónomos que se den de alta en 2024 o los que iniciaron en 2023 y buscan extender el beneficio.
Si un autónomo supera el límite de ingresos permitido mientras disfruta de la tarifa plana, la Tesorería puede exigir la devolución de las cuotas reducidas. Por ello, la Seguridad Social permite renunciar a la tarifa si se prevé que los ingresos superarán el SMI en los próximos 12 meses. De no hacerlo, el autónomo deberá regularizar su situación y abonar la diferencia de cuotas, lo que podría incluir un recargo considerable.
Por ejemplo, un autónomo con rendimientos netos mensuales de 1.501 euros (superiores al SMI) que mantenga la tarifa durante el segundo año, debería pagar 294 euros mensuales en lugar de los 80 euros iniciales. La diferencia acumulada, que sumaría 2.568 euros anuales, deberá regularizarse en la declaración de la renta. Por ello, renunciar a la tarifa de forma anticipada puede ser una estrategia útil para evitar pagos adicionales y minimizar el impacto económico.
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